Opinión Consultiva 32 de la Corte IDH obliga a América Latina a replantear sus políticas energéticas ante la emergencia climática

El reciente dictamen tiene implicaciones directas para la República Dominicana, incluyendo la posible clausura de la Central Termoeléctrica Punta Catalina

Santo Domingo, R.D. – La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió el pasado 3 de julio de 2025 su Opinión Consultiva 32 (OC-32) sobre emergencia climática y derechos humanos, estableciendo un precedente histórico para América Latina y el Caribe. Esta opinión, solicitada por los gobiernos de Chile y Colombia en enero de 2023, busca clarificar las obligaciones legales que tienen los Estados en relación con la protección ambiental y su impacto en los derechos humanos fundamentales.

El dictamen reconoce la crisis climática como una amenaza directa a los derechos humanos, incluyendo el derecho a la vida, a la salud, al agua, a la vivienda adecuada y al medio ambiente sano. En consecuencia, la Corte IDH concluyó que los Estados deben tomar medidas urgentes, proporcionales y efectivas para mitigar los efectos del cambio climático, así como para garantizar la participación ciudadana y el acceso a la justicia ambiental.

Esta opinión consultiva tiene carácter vinculante para los países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) y servirá de guía para jueces nacionales e internacionales en litigios climáticos. Asimismo, establece parámetros claros para el cumplimiento del principio de no regresividad en materia de derechos humanos, reforzando la idea de que los Estados no pueden retroceder en la protección ambiental ya alcanzada.

En República Dominicana, el Comité Nacional de Lucha Contra el Cambio Climático (CNLCC) ha advertido que el contenido de la OC-32 podría obligar al Estado dominicano a cerrar la Central Termoeléctrica Punta Catalina, que actualmente opera con carbón mineral, un combustible fósil altamente contaminante. Según el CNLCC, mantener operativa esta planta iría en contra de las nuevas obligaciones establecidas por la Corte IDH en materia de justicia climática y derechos humanos.

La Corte también indicó que los Estados deben regular y supervisar a las empresas privadas, especialmente a aquellas del sector energético, para evitar que sus operaciones vulneren los derechos de las comunidades. Esta disposición podría traducirse en mayores controles y regulaciones ambientales, lo que genera preocupación en sectores económicos tradicionales pero es celebrado por movimientos ambientalistas.

Diversas organizaciones internacionales, como AIDA Americas, Litigio Climático, y entidades de derechos humanos, han catalogado esta decisión como “una victoria histórica para los pueblos del continente”, ya que obliga a los Estados a asumir responsabilidades concretas para proteger a las poblaciones más vulnerables frente a los efectos del cambio climático, como sequías, tormentas extremas, pérdida de biodiversidad y desplazamientos forzados.

El dictamen también exige a los Estados incluir en sus decisiones climáticas un enfoque de derechos humanos, intergeneracional, de género y basado en la equidad, con especial atención a los pueblos indígenas, las comunidades afrodescendientes, personas en situación de pobreza y personas con discapacidad.

Con esta Opinión Consultiva, la Corte IDH marca un antes y un después en la jurisprudencia ambiental y de derechos humanos en las Américas, y coloca sobre los gobiernos la responsabilidad directa de enfrentar la emergencia climática como un asunto de derechos fundamentales, más allá de consideraciones políticas o económicas.

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