Una auditoría deficiente e irresponsable

La Central Termoeléctrica Punta Catalina (CTPC) es el proyecto de infraestructura más grande y rentable en la historia de la República Dominicana. Dicha obra ha sido auditada, financiera y técnicamente, por reconocidas firmas internacionales, cuyos reportes confirmaron la extraordinaria ejecución y relevancia de esa planta, que hoy sigue siendo la principal fuente de electricidad del país. 

La semana pasada, la Cámara de Cuentas (CC) presentó una nueva auditoría caracterizada por su deficiencia e irresponsabilidad. 

En su informe final, la CC indica que la auditoría sobre la CTPC, que abarca desde el inicio de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2021, tuvo como objetivo determinar «el costo del activo y el costo financiero que significó para el Estado dominicano la construcción de la citada obra.» No obstante, en el propio documento admite que «hasta el 31 de diciembre de 2021, no fue posible aplicar procedimientos de auditoría, debido a que no fueron suministradas las informaciones financieras correspondientes al período desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2021, pese a ser requeridas formalmente [al Ministerio de Energía y Minas (MEM)] en reiteradas ocasiones.» 

Esa declaración evidencia que la auditoría solo alcanza hasta el 31 de diciembre de 2020. Aun así, la CC decidió mantener el mismo período de revisión, lo que en la práctica significa eximir de responsabilidad a la administración que dirigió la CTPC durante 2021. 

La omisión no es un asunto menor. A lo largo de ese año se cometieron graves y costosos errores operativos. El más notorio fue permitir que se agotara el carbón mineral de la planta, lo que obligó a reducir la generación eléctrica y a comprar el combustible de forma directa a un precio promedio de 240 dólares por tonelada métrica, en lugar de los 67 dólares (o menos) que habría costado mediante una licitación convocada en marzo de 2021, bajo la Ley 340-06. 

Resulta, por tanto, desconcertante que la CC sostenga que la auditoría se extiende hasta diciembre de 2021 sin haber examinado un solo documento de dicho año, precisamente cuando la negligencia de los nuevos responsables de la CTPC ocasionó pérdidas superiores a los 320 millones de dólares al pueblo dominicano.

En la primera parte de su informe, la Cámara de Cuentas señala que el costo para el Estado dominicano de la CTPC ascendió a la extraordinaria suma de 148 mil millones de pesos, equivalentes a 3,276.8 millones de dólares. Esa cifra contrasta con los 2,454 millones de dólares pagados al Consorcio Constructor entre 2013 y 2020, bajo el contrato EPC, por la construcción de las dos unidades de la CTPC. 

La diferencia entre ambos montos se explica porque los auditores de la CC incluyeron como parte del activo los gastos operativos y los costos financieros del citado período. Además de los impuestos exentos, sumaron al costo del activo el valor del terreno y el de la línea de transmisión, propiedad de la ETED. Dentro de los gastos operativos registraron las compras de carbón, cal, gasoil, energía eléctrica y repuestos, entre otros. Asimismo, adicionaron las retribuciones del personal (salarios y honorarios), seguros, transporte, supervisión de obras, asesorías (legales, financieras y técnicas) y auditorías medioambientales realizadas hasta diciembre de 2020.

Dado que la CC incluyó esos gastos, resulta imprescindible, para determinar el costo neto, considerar todos los ingresos operativos obtenidos por la CTPC desde su primera sincronización en febrero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020. El monto de los ingresos, validados por facturas emitidas a Edenorte, Edesur y Edeeste, ascendió a 496 millones de dólares. No obstante, pese a disponer de ese dato, la Cámara de Cuentas solo reconoció inexplicablemente ingresos hasta abril de 2020 por un total de 182.2 millones de dólares, omitiendo así 313.8 millones de dólares. 

Por otro lado, si el propósito de la CC era calcular el costo neto total para el Estado, debió haber deducido el beneficio que le generó la CTPC por la compra de electricidad a un menor costo. En efecto, la diferencia entre el precio del mercado spot y el de venta de la CTPC a las EDE supuso un ahorro de 300.2 millones de dólares para las finanzas públicas entre el 27 de febrero de 2019 y el 31 de diciembre de 2020. 

Considerando todo lo expuesto, el costo neto total para el Estado asciende a 2,644.8 millones de dólares, suma que incluye 266 millones de dólares por concepto de gastos financieros. Como estos no forman parte del costo del activo, puede determinarse que el costo de la CTPC fue de 2,378.8 millones de dólares. Una cifra que, al descontar los 125 millones de dólares correspondientes al puerto y a las obras marítimas relacionas, se reduce a 2,253.8 millones de dólares. Dividido ese monto entre la capacidad instalada de 752 MW, se obtiene un costo de 3 millones de dólares por MW, un nivel competitivo frente al costo internacional de las generadoras de electricidad que utilizan carbón.

La segunda parte de la auditoría aborda aspectos legales de las contrataciones realizadas con suplidores de insumos y servicios. En su informe preliminar, la Cámara de Cuentas señaló algunas «no conformidades,» entre otras, sobre «contrataciones por exclusividad y proveedor único sin documentos que acrediten la condición»; «adjudicatarios sin Registro de Proveedores del Estado»; «expedientes sin garantías de seriedad de oferta o de fiel cumplimiento»; y «contrataciones con ausencia de certificaciones que demuestren el cumplimiento de las obligaciones fiscales y seguridad social.»

Para cada una de esas «no conformidades,» los funcionarios de la gestión auditada enviaron a la CC aclaraciones e informaciones precisas. En muchos casos se anexaron copias de informes periciales, garantías de seriedad de oferta y otros documentos disponibles en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) administrado por la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP). Asimismo, se indicó que durante el período 2013-2020 se registró, archivó y entregó (el 18 de agosto de 2020) toda la documentación de soporte de la construcción de la CTPC a las nuevas autoridades y que, por tanto, la CC debía solicitar a los actuales incumbentes del MEM y de la CTPC, depositarios y responsables de los archivos, la entrega del resto de los documentos, con lo cual se confirmaría el cumplimiento con la normativa legal vigente en ese momento. 

De haberse gestionado y verificado adecuadamente la documentación, el informe de la CC habría arrojado resultados bien distintos. Sin embargo, de forma irresponsable, en lugar de asumir sus obligaciones y señalar que las autoridades actuales incumplieron las suyas al no haber entregado la documentación solicitada, la CC se despacha con un informe legal donde indica que existen «hallazgos que evidencian indicios de responsabilidad por acción u omisión de los principales funcionarios auditados.» Una conclusión errónea e inaceptable, con un hedor político repugnante.

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