La jueza Vicky Chalas, del Segundo Juzgado de Instrucción de La Romana, aplazó para el 5 de agosto la audiencia de revisión obligatoria de la prisión preventiva de 18 meses impuesta a Yves Alexandre Giroux, uno de los presuntos cabecillas de la red de estafa inmobiliaria del caso Guepardo. El Ministerio Público solicitará en esa fecha que se confirme dicha medida.
En este proceso, las imputadas Rocío del Alba Rodríguez de Moya y Marisol Nova Nolasco recurrieron en apelación, siendo fijada la audiencia para el 11 de julio de 2025 por ante la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís.
Para el martes 1 de julio también se había fijado una revisión obligatoria de la medida de coerción de 18 meses de prisión preventiva impuesta a ambas imputadas, declarándose el sobreseimiento de la misma hasta tanto haya una decisión en la Corte de Apelación.
En cuanto a Loany Ortiz, la principal cabecilla de la estructura junto a Yves Alexandre Giroux, se encuentra aún detenida en Bogotá, Colombia, enfrentando el proceso de extradición requerido por el Ministerio Público dominicano y se espera que sea enviada lo antes posible al país, para que responda por sus hechos.
Giroux cumple la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) de San Pedro de Macorís, mientras que Rodríguez de Moya y Nova Nolasco en el CCR Najayo Mujeres, en la provincia San Cristóbal.
Según la nota de prensa, la estructura criminal se dedicaba a promocionar proyectos inmobiliarios, atrayendo compradores de República Dominicana, Puerto Rico, Estados Unidos y Europa, a través de la promoción de RE/MAX, una empresa internacional reconocida en el mercado.
Explica que en el transcurso de la investigación se ha establecido que los miembros de la organización delictiva recibieron la suma de US$18,851,583.12, además de que han sido incautados bienes inmuebles en Santo Domingo Este, Distrito Nacional, La Romana y La Altagracia, donde se secuestraron vehículos de alta gama, aparatos electrónicos y documentación relevantes.
El Ministerio Público ha indicado que el accionar de estos malhechores constituye una violación a los artículos 405, 265 y 266 del Código Penal Dominicano, 15 de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología y a la Ley 155-17, sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
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